DESALOJO EN VALLE DEL AGUA ES EN CUMPLIMIENTO A ORDEN DEL JUEZ SEGUNDO DE DISTRITO
El desalojo que se inició este miércoles por la mañana en un predio de ocho hectáreas, ubicado sobre la carretera a Imala, conocido como Valle del Agua, obedece al cumplimiento de una sentencia del Juez Segundo de Distrito, Pedro Jara Venegas, a solicitud del legítimo propietario, la empresa inmobiliaria Sibra Cataláctica S. R. L., que interpuso dicho recurso legal para recuperar los predios en mención.
Así lo explicó el apoderado legal y abogado de esta empresa, el licenciado Hugo Tapia Armenta, al informar que el Juzgado Segundo de Distrito giró una orden para que los terrenos fueran desalojados en un plazo no mayor a siete días, periodo que se cumple este jueves 1 de junio, y por ello, en acato a este ordenamiento legal del juez Jara Venegas se procedió al desalojo, por medio de la autoridad correspondiente, de las personas que se habían posesionado del lugar de manera irregular, como precaristas.
Como antecedente, el abogado Tapia Armenta informó que este problema surgió desde hace tres años, cuando los terrenos originalmente formaron parte de un contrato de compra venta para un proyecto habitacional que habría de construir la empresa Casas Geo Edificaciones, el cual no se concretó, al retirarse la constructora y dejar abandonado el proyecto.
Ante esta situación, Sibra Cataláctica procedió a la disolución del contrato de compra venta para recuperar los terrenos, pero a partir de entonces, precaristas empezaron a posesionarse de manera irregular, sin ningún aval jurídico, y paulatinamente construyeron viviendas de láminas de cartón y madera, con el propósito de formar una colonia popular.
Cabe destacar que el primer intento de recuperación de los terrenos por parte del legítimo propietario tuvo lugar en octubre del 2022, pero en ese entonces los precaristas interpusieron un recurso de amparo ante el Juzgado Sexto Civil, ordenando la jueza Ana Virginia Ferrer Lachica suspender momentáneamente el desalojo.
En consecuencia, el Juzgado Segundo de Distrito conoció del amparo provisional concedido por el Juzgado Sexto Civil, y tras deliberar el caso, falló a favor de Sibra Cataláctica S. R. L., que es el legítimo propietario, y ordenó que en un plazo no mayor de siete días se reintegrara la posesión de los terrenos, plazo que se cumple en menos de 24 horas, reiteró el abogado Hugo Tapia Armenta.